Declaran emergencia sanitaria en 31 comunidades nativas de distritos de Uraninas y Parinari de Loreto
· Se dispone plazo de 90 días para adoptar acciones que garanticen la salud de pobladores expuestos a agua no apta para consumo humano
Treinta y un comunidades nativas de los distritos de Uraninas y Parinari ubicadas en la provincia y departamento de Loreto fueron declaradas en emergencia sanitaria por 90 días calendario con el fin de adoptar acciones inmediatas para garantizar la salud de los pobladores expuestos a agua no apta para el consumo humano.
A través de un decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano, que lleva las rúbricas del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski y el ministro de Salud, Dr. Abel Salinas Rivas, se dispone la medida en 26 comunidades nativas del distrito de Urarinas entre las que figuran Berlín, Huachpa Isla, 18 de Julio, Buenos Aires, Nuevo Elmira, Esperanza, 6 de Mayo, San Antonio, San Francisco, Urarinas, Santa Rosa de Urarinas y Monterrico.
También están las ubicadas en la cuenca del río Chambira como Nuevo Perú, Nueva Unión, Santa Marta, Santa Cruz de Tagual, San Lorenzo, Puerto Rico, Nueva Horizonte y Pandora, así como las comunidades situadas en la Quebrada Tigrillo como San Pedro, Nuevo Pandora, Tres Fronteras, Nueva Angora, Fortuna y Santa Rosa de Raya Yacu.
Completan la lista San José de Parinari, Jerusalén, Santa Rosa de Lagarto, Yurica Siete de Julio y Roca Fuerte, ubicadas en el distrito de Parinari.
La norma precisa que la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Minsa alertó sobre la existencia de un alto riesgo de ocurrencia de brotes y epidemias relacionados a enfermedades derivadas del consumo de agua no apta, debido a que estas comunidades nativas no cuentan con sistemas de abastecimiento de agua para consumo humano o éstos se encuentran en estado deficiente o inoperativos.
Asimismo, sostiene que el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Minsa concluyó que los distritos de Urarinas y Parinari presentan muy alto riesgo de malaria, enfermedades diarreicas y parasitarias, indicando que el riesgo de parasitosis puede acarrear adicionalmente anemia y desnutrición infantil crónica.
El decreto supremo señala que corresponde al Ministerio de Salud realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción de la Emergencia Sanitaria en 31 Comunidades de los distritos de Urarinas, Parinari Provincia y Departamento de Loreto”, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones.
Dispone, además, que las contrataciones que se realicen al amparo de esta norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, mientras que los saldos de los recursos resultantes podrán ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.
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