En Piura se han otorgado tres autorizaciones para el aprovechamiento sostenible de esta especie forestal.
Las acciones conjuntas contra la tala y comercialización ilegal de los recursos forestales y de fauna silvestre, permitieron en los distritos de Las Lomas y Suyo, del departamento de Piura, el decomiso de 398 kilogramos de palo santo de procedencia ilegal, que iba a ser trasladado y comercializado en Lima.
En diversos operativos, el personal de la SUNAT – Aduanas de Paita y del Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), encontraron cinco sacos (de 75, 80, 75, 86 y 82 kilos) con trozos de palo santo, en las vías que conducen de Suyo y Las Lomas, a la ciudad de Piura.
En Piura, el palo santo es acondicionado para transportarlo de manera ilegal a la ciudad de Lima, donde -por su importante valor comercial nacional e internacional- se usa para sahumerio, así como para la elaboración de óleos, aceites y perfumes.
Durante las intervenciones no se identificaron a los propietarios, por lo que el producto forestal fue incautado y trasladado al almacén de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano descentralizado del SERFOR.
Formalización y control
El Ing. Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, remarcó que la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, autoriza el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, mediante planes de manejo.
Otivo Meza precisó que siguiendo los lineamientos de la mencionada ley, en Piura se han otorgado tres autorizaciones para el aprovechamiento sostenible de esta especie forestal; una en el distrito Suyo (Ayabaca) y dos en el distrito de Lancones (Sullana).
Asimismo, explicó que dichas autorizaciones únicamente permiten el aprovechamiento sostenible del palo santo en calidad de material seco y caído de manera natural.
Es importante mencionar que el palo santo (Bursera graveolens) crece en el bosque seco de colina y montaña, y que la extracción ilegal interrumpe su crecimiento y regeneración natural. Por ello, el Estado peruano lo ha categorizado como en “Peligro crítico”, a través del Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.
Más información
En nuestro país, todas las especies de flora y fauna silvestre están protegidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la cual establece infracciones y multas.
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