Local no tenía autorización para poseer y exhibir especímenes vivos de fauna silvestre.
El Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), con el apoyo de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y el Departamento de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú, intervinieron el parque acuático Aqualandia de Piura, por no tener la autorización para poseer y exhibir especímenes vivos de fauna silvestre.
En el referido centro de esparcimiento, ubicado en la avenida Progreso (vía que conduce a Catacaos) del distrito de Castilla, las autoridades constataron; dos monos choro (Lagothrix lagotricha), un mono machín (Sapajus macrocephalus), tres loras amazónicas (Amazona amazonica), dos guacamayos azul y amarillo (Ara ararauna), dos pihuichos (Brotogeris versicolurus) y un guacamayo rojo verde (Ara chloropterus).
Durante la intervención, los responsables del local no tenían la autorización para poseer fauna silvestre en cautiverio. Por ello, el personal especializado de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, órgano descentralizado del SERFOR, procedió a rescatarlos e iniciar el proceso administrativo sancionador; de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
El Ing. Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, informó que los especímenes de fauna silvestre rescatados, se encuentran en regular estado corporal; sin embargo presentan un alto grado de estrés por las mismas condiciones de cautiverio.
Asimismo, informó que serán evaluados por los médicos veterinarios, y que oportunamente se ha coordinado con los zoológicos autorizados por el SERFOR en el país, para determinar su traslado, custodia y cuidado, en función a la distribución de sus hábitats naturales.
Especies protegidas
El funcionario enfatizó que el Estado peruano protege a todas las especies de flora y fauna silvestre. Para el caso de las especies amenazadas, existen dos decretos supremos (uno de flora y otro de fauna silvestre) que determina su grado de peligro.
En ese sentido, el Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, que aprueba la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, señala a los monos choros “En peligro” (EN), mientras que al guacamayo rojo verde como “Casi amenazado” (NT).
Del mismo modo, la Ley Forestal y de Fauna Silvestre establece multas para quienes capturen, adquieran, posean, exporten, transporten, comercialicen o aprovechen los recursos de flora o fauna silvestre, sin la debida autorización, o que provengan de centros no autorizados por la autoridad regional competente, en Piura es el SERFOR.
Finalmente dijo que se permite el manejo de la fauna silvestre en cautividad como; centros de cría, centros de rescate, zoocriaderos y zoológicos. Para lo cual, deben cumplir con los requisitos que establece la normatividad y así obtener su autorización.
Más información
- El informe de la intervención a cargo del SERFOR, a través de la ATFFS Piura, será remitido a la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente de Piura del Ministerio Público del Perú, para las acciones civiles y penales.
- Cabe mencionar que todos los animales silvestres cumplen una función importante para el bosque; sin embargo, sus poblaciones están amenazadas por la caza indiscriminada para el tráfico ilícito y por la destrucción de su hábitat natural. Por ello, el SERFOR implementa la Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre en el Perú y lidera la campaña “Si compras eres cómplice”.
Comentarios
Publicar un comentario