Para Adjudicaciones Simplificadas por encima de 20 millones de soles Incluyen requisito de solvencia económica en procedimientos para obras de reconstrucción
También para los convocados por el INPE en el marco del Decreto Legislativo N° 1325
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE informó que las Entidades autorizadas a utilizar el procedimiento de Adjudicación Simplificada para la ejecución de obras, independientemente del límite de este procedimiento en la Ley de Presupuesto, pueden incluir un requisito de solvencia económica a los proveedores participantes, cuando el monto del valor referencial sea igual o superior a 20 millones de soles.
Así lo establece la Directiva N° 001-2018-OSCE/CD “Requisito de solvencia económica en adjudicaciones simplificadas cuyo uso se autoriza mediante normas de excepción”, aprobada mediante Resolución N° 016-2018-OSCE/PRE, publicada el pasado 17 de marzo en el diario oficial El Peruano.
Asimismo, se precisa que las entidades deberán verificar a través de un informe documentado la pluralidad de proveedores que pueden cumplir con el requisito de solvencia económica; evitando incluir exigencias desproporcionadas al objeto de la contratación o innecesarias que limiten o impidan la concurrencia de los proveedores u orienten la contratación hacia uno de ellos.
Finalmente, corresponde a cada Entidad evaluar la pertinencia del requisito de solvencia económica, en atención a las características de la obra a ejecutar, y teniendo en cuenta la finalidad de la norma de excepción que autorizó el uso del procedimiento de Adjudicación Simplificada.
Comentarios
Publicar un comentario